Confinadas en el barranco de Lavapiés que hoy da nombre al barrio. Estigmatizadas socialmente bajo el tratamiento de rameras o cantoneras, el «viejo oficio» de la prostitución
ha tenido sus normas en Madrid desde la Edad Media. Los historiadores
sitúan en 1337 la primera fecha en la que un ordenamiento del rey Alfonso XI regula su ejercicio. La villa madrileña era una de las 24 con
derecho a representación en el Consejo de Castilla y, por ende, estuvo
sujeta a un especial control por parte de este órgano.
Las primeras disposiciones al respecto pusieron principalmente el foco en diferenciar a las prostitutas de cualquier otra mujer,
prohibiendo que se ejerciera en la calle. El objetivo no era otro que
mantener orden público. Sin embargo, con el paso de los siglos Madrid
fue endureciendo su postura respecto a la prostitución. Así, a finales
del siglo XVI, con Felipe II como rey, la Villa y Corte estipuló los requisitos para poder ser prostituta. Entre ellos estaba la obligatoriedad de no ser noble, haber perdido la virginidad y ser huérfana
o de padres desconocidos. El único límite relacionado con la edad era
que las mujeres tenían que ser mayores de doce años. Solo doce.
Además, sólo estaba permitido el ejercicio de su oficio en «casas públicas» –burdeles con licencia–
y sin dependencia de «rufianes», es decir proxenetas. Asimismo estaba
prohibido vestir de manera provocativa con sedas y mantener relaciones
sexuales en caso de tener enfermedades venéreas. Todo
ello estaba castigado con una pena de cien azotes, la pérdida de todos
los enseres y, en el último caso, con el destierro de la ciudad.
Control de la «salud pública»
La autoridades municipales obligaban a los médicos de la Cárcel de la Corte,
conocidos en la época como cirujanos, a realizar revisiones en las
casas públicas del barranco de Lavapiés. Asimismo, existía la obligación
de que cada casa de prostitutas tuviera una «madre» –lo que hoy se
conoce como una «madame»– para garantizar el cumplimiento de la
normativa, el orden público y el pago de los impuestos a las arcas municipales.
Las «madres» no podían cobrar nada más que no fuera por lavarles la
ropa, hacerles la comida y permitirles el uso de las habitaciones. Para
evitar las peleas, los hombres que acudían a estos burdeles debían dejar
las armas fuera.
http://www.abc.es/madrid/20150725/abci-normas-para-prostituta-villa-201507242129.html
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